Finalidad
Obtener la inscripción de la modificación de los datos, relativos a la Entidad Deportiva, que figuran inscritos en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Entidades deportivas que desarrollen su actividad en el Principado de Asturias y estén inscritas en el Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias.
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Presentación
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario específico al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
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Órgano gestor
Servicio de Planificación y Promoción del Deporte.
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Plazo de resolución
3 meses desde la presentación correcta de la documentación.
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Recursos
Recurso potestativo de reposición.
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Información adicional
1. ENTIDADES DEPORTIVAS
Asociaciones y/o sociedades de carácter privado que tengan por objeto exclusivo o principal el fomento, el desarrollo y la práctica por parte de las personas asociadas de una o varias modalidades o especialidades deportivas.
2. CLASES DE ENTIDADES DEPORTIVAS
Las entidades deportivas se clasifican en:
- Clubes deportivos asturianos que se clasifican en:
- Equipos deportivos.
- Clubes básicos deportivos.
- Sociedades anónimas deportivas.
- Clubes de entidades no deportivas.
- Agrupaciones de clubes asturianos.
- Federaciones deportivas asturianas.
3. Toda la información, instrucciones, formularios y modelos, están disponibles también en la página web www.deporteasturiano.org
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
EQUIPOS DEPORTIVOS:
- Certificación expedida por el representante legal de la entidad en la que se recoja la modificación acordada y la fecha en la que se adoptó el acuerdo.
CLUBES DEPORTIVOS BÁSICOS:
- Certificación expedida por quien ostente la secretaría del club, con el visto bueno de quien ostente la Presidencia, en la que se recoja la modificación acordada y la fecha en la que se adoptó dicho acuerdo.
FEDERACIONES Y AGRUPACIONES DE CLUBES:
- Certificación expedida por quien ostente la secretaría del club, con el visto bueno de quien ostente la Presidencia, en la que se recoja la modificación acordada y la fecha en la que se adoptó dicho acuerdo.
- Copia del acta de la asamblea general extraordinaria en la que se recogió el acuerdo de modificación.
CLUBES DE ENTIDADES NO DEPORTIVAS:
- Certificación expedida por quien ostente la secretaría del club, con el visto bueno de quien ostente la Presidencia, en la que se recoja la modificación acordada y la fecha en la que se adoptó dicho acuerdo.
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
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