AYUD0449T02 - Subvención a la consolidación de organizaciones de productores pesqueros

Plazu abiertu

Plazos de presentación

Desde
16/06/2026
00:00h
Hasta
30/06/2026
23:59h

Diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.


Finalidad

Obtener ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la consolidación de organizaciones de productores pesqueros (OOPP) con ámbito de actuación en el Principado de Asturias, en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y Acuicultura (FEMPA).

 


Quien lo puede presentar

Organizaciones de productores pesqueros (OPP) que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, y estar inscritas en el Registro General de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros.
  2. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 25 de la Resolución de 5 de agosto  de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del FEMPA (BOPA 22/08/2024).

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Presentación

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Órgano gestor

Servicio de Estructuras Pesqueras.

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Plazo de resolución

La resolución de concesión deberá producirse y publicarse íntegramente en el Boletín Oficial del Principado de Asturias en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación del extracto de la convocatoria. 

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Recurso potestativo de reposición.

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Información adicional

CÁLCULO DE LA CUANTÍA

Podrá concederse una ayuda por el 75% de los gastos de gestión de las organizaciones profesionales de los sectores de la pesca y de la acuicultura durante los cinco años civiles siguientes a la fecha del reconocimiento. El importe de esta ayuda no podrá superar en ningún caso el 1% del promedio del valor de la producción comercializada por la organización profesional durante los tres años anteriores a la solicitud de la ayuda.

Los gastos de gestión mencionados serán los gastos de constitución y funcionamiento efectivamente pagados por la organización profesional y que correspondan a las rúbricas establecidas en las bases reguladoras (artículo 27).

La ayuda máxima por organización profesional no podrá superar los 100.000 euros por año.

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedor

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud, en modelo normalizado.
  • Copia de la escritura de constitución y estatutos, y de las modificaciones ulteriores debidamente inscritas en el registro correspondiente.
  • Justificación de que se dispone de una estructura organizativa propia dotada del personal, de la infraestructura y del equipamiento necesario, de conformidad con el artículo 2.7 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.
  • Anexo -Declaración responsable sobre valor y volumen de producción de la OOPP en los tres años anteriores, en modelo normalizado
  • Certificado del registro central de penados de ausencia de comisión de fraude en el marco del FEMP y del FEMPA.
En los casos en los que la Administración del Principado de Asturias no disponga de esa información actualizada:
  • Ficha de acreedores, en modelo normalizado.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento acreditativo del Número de Identificación Fiscal.
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante.
  • Poder notarial de representación, salvo que la capacidad de representación se contemple en los estatutos.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
  • Certificación de subvenciones y ayudas concedidas.
  • Certificación de ausencia de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas públicas.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

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