Finalidad
Obtención del reconocimiento de interés sanitario a los actos científico-sanitarios que se organicen en el territorio del Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Corporaciones, fundaciones, asociaciones o cualquier otra entidad de naturaleza pública o privada, que tengan por objeto promover el estudio, difusión, formación o especialización en las ciencias y técnicas relacionadas con la salud.
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Presentación
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Transformación, Calidad y Gestión del Conocimiento
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Recursos
Potestativo de reposición
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Información adicional
La firma y presentación de la solicitud de reconocimiento de interés sanitario conlleva la autorización a la Administración a consultar por medios electrónicos u obtener los datos o la documentación acreditativa de cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados anteriores que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas.
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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Tramitación presencial
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