Finalidad
Causar baja por jubilación en la Administración del Principado de Asturias en la fecha en la que el trabajador cumple la edad ordinaria de jubilación o en otra posterior, con la consiguiente extinción del contrato.
Quien lo puede presentar
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- El personal laboral incluido en el V Convenio Colectivo para el personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias en el ámbito de las Consejerías
- Tener 15 años de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.
- Tener cumplida la edad establecida en la Seguridad Social de acuerdo a los periodos de cotización acreditados en el año en el que se accede a la jubilación.
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Presentación
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Relaciones Laborales
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Recursos
Recurso ante la jurisdicción social
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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