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RESP0014T01 - Determinación del justo precio de bienes de expropiación forzosa

Plazos de presentación

Todo el año


Finalidad

La finalidad es la determinación del justo precio en la expropiación fijando la indemnización íntegra que debe recibir el propietario por la privación de sus bienes o derechos, por un importe que compense el valor real de lo expropiado, incluyendo el daño emergente y el lucro cesante.


Quien lo puede presentar

Administración y Empleados públicos.

El procedimiento ante el Jurado de Expropiación únicamente se puede instar por particulares en el supuesto denominado Expropiación por Ministerio de Ley y regulado en el art. 202 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo

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Presentación

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

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Órgano gestor

Jurado de expropiaciones del Principado de Asturias

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Plazo de resolución

3 meses

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Potestativo de reposición

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud en formato normalizado
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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Documentación relacionada

Solicitud

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

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Tramitación presencial

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