Plazos de presentación
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Desde
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22/09/2025
00:00h
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Hasta
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03/10/2025
23:59h
- Plazo de presentación de la solicitud será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
- Plazo de Justificación: La documentación justificativa de la subvención se presentará en el plazo de dos meses a computar a partir del mes de devengo de los costes subvencionados, presentándose la documentación correspondiente a las pagas extraordinarias junto con la correspondiente a las mensualidades de diciembre y junio.
En el caso de los periodos devengados con anterioridad a la resolución de concesión la justificación se presentará en el plazo de un mes que se computará desde el día siguiente al de la fecha de notificación de la resolución de concesión.
Finalidad
Conceder ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para cofinanciar los costes salariales devengados por la plantilla de las personas trabajadoras con discapacidad y a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional de los Centros Especiales de Empleo en sus centros de trabajo radicados en el Principado de Asturias.
Quien lo puede presentar
Centros Especiales de Empleo radicados en el Principado de Asturias calificados e inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales del Principado de Asturias a fecha de solicitud.
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Presentación
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico" de esta misma página.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Programas de Empleo
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Plazo de resolución
Seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución por la que se convoquen las ayudas en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
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Información adicional
INFORMACIÓN ADICIONAL
COSTES SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe de las ayudas: hasta el 50% del SMI vigente en cada momento por cada persona trabajadora cuyo coste salarial sea subvencionable
- Coste salarial de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad con especiales dificultades de empleabilidad entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe adicional 10%: hasta el 10% del SMI vigente en cada momento por cada persona trabajadora cuyo coste salarial sea subvencionable.
- Coste salarial del personal especializado de las unidades de apoyo de la actividad profesional entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Importe de las ayudas: 1440€ por cada persona usuaria final de los servicios de la unidad de apoyo
La información de este apartado se incorporará una vez se dicte la resolución de concesión de la subvención.
FICHA DE ACREEDOR
SERVICIOS RELACIONADOS
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Documentos a presentar
Documentos requeridos para la solicitud de la subvención convocatoria 2025-2026
- Solicitud de subvención en modelo normalizado, correctamente cumplimentada y firmada por el representante legal (incluye varas declaraciones responsables)
- Documento acreditativo de representación de la persona firmante de la solicitud.
- Relación de personas trabajadoras por las que se solicita subvención, en situación de alta en el Centro a fecha 30 de abril de 2025, ordenadas alfabéticamente por apellidos, según la modelo establecido en formato Excel para cada uno de las modalidades de ayuda
- Ficha de acreedores debidamente cumplimentado (si desea cambiar el existente o es la primera vez que solicita las ayudas).
Si el centro solicitante ostenta la forma jurídica de asociación y goza de dicha condición:
- Acreditación de haber sido declarada de utilidad pública
Si se solicita subvención destinada a financiar el coste salarial de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional:
- Proyecto de servicio de acompañamiento que deberá forzosamente incluir un estudio previo de la realidad, objetivos generales, objetivos específicos, actividades concretas, sistema de evaluación continua y recursos humanos, materiales y económicos de los que dispondrá la Unidad.
Si los contratos de trabajo no han sido objeto de subvención en convocatorias anteriores:
- Autorización en favor del Principado de Asturias, firmada por las personas trabajadoras con discapacidad y/o por las personas contratadas que forme parte de la Unidad de Apoyo a la Actividad Profesional del Centro Especial de Empleo, cuyo contrato de trabajo sea objeto de subvención para la de consulta datos de carácter personal que figuran en el modelo normalizado.
Solicitudes de importe igual o superior a 30.000 € y de encontrarse el beneficiario entre los sujetos de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales:
- Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, mediante alguno de los métodos de prueba previstos en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones del cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004.
Documentos requeridos para la solicitud del abono anticipado:
- Solicitud de abono anticipado
Si el importe de la subvención es superior a 6.010,12€ y la entidad beneficiaria no se encuentra dentro de los supuestos de exoneración enumerados en el art. 6 de la Resolución de 11 de febrero de 2000, de la Consejería de Hacienda
- Acreditación del depósito de garantía constituida de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto Resolución de 11 de febrero de 2.000
Otros documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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