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AYUD0517T01 - Subvención para la restauración y conservación de bienes de interés patrimonial existentes en brañas del Principado de Asturias

Plazu zarráu

Plazos de presentación

Desde
21/01/2025
00:00h
Hasta
10/02/2025
23:59h

Veinte (20) días naturales a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. 


Finalidad

Concesión de subvenciones, por concurrencia competitiva, dirigidas a financiar actuaciones de conservación y restauración de bienes de interés patrimonial existentes en brañas del Principado de Asturias


Quien lo puede presentar

Las mentadas ayudas a pesar de tener la misma finalidad, se dividen en dos líneas de subvención en atención a la distinta naturaleza de sus beneficiarios:

Línea 1: Particulares y entidades sin ánimo de lucro

a) Al amparo de la Línea 1, podrá solicitar estas subvenciones cualquier particular o entidad sin ánimo de lucro, tales como asociaciones o fundaciones, que tenga su domicilio social en el Principado de Asturias y que desarrolle principalmente su actividad en esta Comunidad Autónoma.

b) Cuando se trate de una asociación ha de estar inscrita en el Registro de Asociaciones estatal o autonómico al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

c) Si es una Fundación cultural ha de estar inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes y Culturales de In¬terés General del Principado de Asturias, de acuerdo con el Decreto 34/1998, de 18 de junio, regulador del mismo y en relación con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, asimismo, debe estar al día en su obligación de depósito de cuentas anuales.

Línea 2: Entidades locales:

a) Al amparo de la Línea 2 podrá solicitar estas ayudas las Entidades Locales del Principado de Asturias.

b) A los solicitantes que tengan la consideración de Entidades Locales se les aplicarán las previsiones del Decreto 105/2005, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen de convocatoria pública.

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Presentación

Presentación telemática  

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico" de esta misma página.  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.  

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias. 

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Órgano gestor

Servicio de Conservación del Patrimonio

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Plazo de resolución

6 meses a contar desde el día siguiente de la publicación del Extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Potestativo de resposición 

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Solicitud normalizada
  • Documento acreditativo de la personalidad de la persona o entidad solicitante y, en su caso, de la representación en que actúa
  • Declaración responsable del solicitante o responsable legal que deje constancia de las subvenciones solicitadas y concedidas para la misma finalidad, y si ha procedo a la justificación de las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.
  • Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Memoria donde se describan detalladamente las obras que se pretenden realizar, las técnicas a emplear y los materiales. Se deberá especificar en su caso el tipo de madera, piedra, acabado de cubierta, tipo de mortero en su caso, etc. Al final de este documento se indicará el coste total de la actuación que incluya todos los costes que sean subvencionables.
  • Plano de emplazamiento de la braña o en su defecto ortofoto. En el plano se señalarán las edificaciones sobre las que se va a actuar. Si no se dispone de plano u ortofoto está disponible en la página web de la REDMEDA (www.redmeda.com) en el apartado estudios, el "Corpus de Arquitectura Tradicional Asturiana: Las brañas", elaborado por Astur Paredes que contiene planos de una serie de brañas seleccionadas.
  • Reportaje fotográfico exhaustivo a color en formato digital que contenga como mínimo (9) fotos: - 4 Fotografías del exterior de la edificación sobre la que se pretende intervenir. Una por cada orientación. - 2 Fotografías del interior. - 3 Fotografías donde se aprecie la braña y su entorno. - Tantas fotografías en detalle como sea necesario aportar para justificar la necesidad de la intervención propuesta.
  • Presupuesto detallado por partidas (trabajos a realizar, materiales, etc.) que incluya mano de obra e IVA.
  • En el caso de que las obras ya estén ejecutadas o se estén ejecutando con anterioridad a la publicación del extracto de la convocatoria, se remitirán facturas de gastos originados con motivo de la realización de la actuación para la que se solicita subvención donde se detallen los trabajos realizados. Todas las facturas habrán de reunir, para su validez y toma en consideración, los requisitos establecidos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Otros documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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Tramitación

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