Finalidad
Obtener la habilitación como Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, así como las bajas y los cambios de titularidad.
Quien lo puede presentar
Personas físicas o jurídicas que realicen la actividad de Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, y que cumplan con los siguientes requisitos:
· Estar acreditados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 para la realización de actividad de Servicios Técnicos de Vehículos Históricos
· Disponer del personal y de los medios técnicos necesarios, conforme a lo dispuesto en la norma UNE-EN ISO/IEC 17020.
· Suscribir pólizas de responsabilidad civil, avales u otras garantías financieras equivalentes, que cubran los riesgos de su responsabilidad, respecto de daños materiales y personales a terceros, por una cuantía mínima de 300.500 euros.
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Órgano gestor
Servicio de Política Industrial
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Recursos
Potestativo de reposición, en el caso de inadmisión de la declaración responsable, o el caso que se determine la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad por incumplimiento de lo declarado.
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Pago de tasas
Existe tasa asociada y se emitirá carta de pago por el órgano que tramita la declaración responsable una vez presentada la misma.
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Información adicional
INFORMACIÓN ADICIONAL
La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos deberá estar disponible para su presentación ante la autoridad competente cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.
SERVICIOS RELACIONADOS
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Declaración responsable
- Acreditación de la representación del declarante en caso que la actividad la realice una persona jurídica
- Declaración responsable de Servicios Técnicos de Vehículos Históricos
- Acreditación norma UNE-EN ISO/IEC 17020
- Documentación justificativa pólizas de responsabilidad civil, avales u otras garantías financieras equivalentes
En el caso de cambio de titularidad
- Documentación justificativa del cambio de titularidad.
Otros documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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Tramitación presencial
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