Las personas interesadas podrán presentar alegaciones relativas a omisiones, errores o alguna de las causas de dispensa y/o abstención recogidas en los apartados cuarto y quinto, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución por la que se aprueba el listado de este colectivo.
Finalizado el plazo señalado, cualquier circunstancia sobrevenida que origine una dispensa o una causa de abstención deberá ser alegada en el acto de constitución del tribunal a la persona que ostente la presidencia del tribunal correspondiente.