Plazos de presentación
Las OPP reconocidas presentarán un plan de producción anual o plurianual antes del 31 de octubre del año en que finalice la vigencia del plan aprobado.
Las OPP de nuevo reconocimiento presentarán un plan en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la resolución de reconocimiento.
El Informe Anual sobre la aplicación de los PPyC aprobados se presentará antes del 28 de febrero de cada año.
Finalidad
Aprobación de Planes de producción y comercialización (PPyC) a organizaciones del sector pesquero y acuicola (OPP) con ámbito en el Principado de Asturias así como sus revisiones, y los informes anuales sobre la aplicación de los planes de producción y comercialización.
Quien lo puede presentar
Las organizaciones de productores pesqueros (OOPP) deberán estar reconocidas en el ámbito de la comunidad autónoma del Principado de Asturias, de conformidad con el reglamento (UE) nº 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, y estar inscritas en el registro general de organizaciones de productores pesqueros y asociaciones de organizaciones de productores pesqueros, establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.
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Órgano gestor
Servicio de Estructuras Pesqueras
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Plazo de resolución
La resolución de aprobación del PPyC deberá producirse en un plazo máximo de seis semanas a partir de su recepción.
Si el PPyC presentado no permite alcanzar los objetivos contemplados en los artículos 3 y 7 del Reglamento UE 1379/2013, la OP deberá presentar un plan modificado en un plazo de 2 semanas.
El plazo para la aprobación del plan modificado será de 4 semanas a partir de su recepción.
En el caso de que, transcurrido ese plazo, no se hubiera dictado resolución, los solicitantes podrán entender estimada su solicitud por silencio administrativo.
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Recursos
Potestativo de reposición
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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