Plazos de presentación
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Hasta
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07/11/2025
23:59h
El plazo de justificación finaliza el día 7 de noviembre de 2025.
Finalidad
Justificar las ayudas para servicios de asesoramiento y participación en regímenes de certificación de explotaciones ganaderas productoras de leche con resolución favorable de concesión
Quien lo puede presentar
Solicititantes de las ayudas para servicios de asesoramiento y participación en regímenes de certificación de explotaciones ganaderas productoras de leche con Resolución favorable de concesión.
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Presentación
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Sanidad y Producción Animal
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Información adicional
TRÁMITES RELACIONADOs
AYUD0161T01_Subvención para servicios de asesoramiento y participación en regímenes de certificación de explotaciones ganaderas productoras de leche
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
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Documentos a presentar
Documentos requeridos:
- Memoria de actuación con los resultados y conclusiones de las actividades realizadas.
- Relación de explotaciones que causaron alta o baja, fecha en que se produjeron.
- Relación de explotaciones que no cumplieron las recomendaciones reflejadas en los informes emitidos por los técnicos el año anterior y los compromisos adquiridos con el prestador de los servicios para el desarrollo de las líneas.
- Informe de cumplimiento de parámetros en explotaciones, según modelo del Anexo V.
- Relación final de explotaciones, en soporte informático, con las actuaciones realizadas, según modelo del Anexo VII.
- Relación clasificada de los gastos, conforme al modelo del anexo VIII.
- En caso de haber realizado la línea 4, Informe final con indicadores globales de consumos y costes energéticos.
- En caso de haber realizado la línea 5, Informe final con las actuaciones realizadas en la explotación y las recomendaciones pertinentes.
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, acreditativos de la ejecución de las actividades.
- Documentos acreditativos del pago. No se considerarán válidos como documentos justificativos del pago de facturas, las declaraciones hechas por el perceptor acreditando el cobro, tales como recibís o anotaciones en las mismas facturas. Únicamente se considerarán válidos, documentos bancarios.
- Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el apartado 3 del artículo 31 de la Ley 38/2003 (15.000,00 € en caso de servicios o suministros), tres presupuestos de diferentes proveedores, y si no se elige la oferta económicamente más ventajosa, escrito justificando dicha elección
- Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Otros documentos aportados:
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
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