AYUD0007T28 - Ayudas en el marco de la PAC para la gestión sostenible de pastos

Plazu abiertu

Plazos de presentación

Desde
17/03/2026
00:00h
Hasta
30/04/2026
23:59h

Finalidad

El objetivo de esta ayuda es la correcta gestión del aprovechamiento de los pastos en común, ligada al desarrollo de la actividad ganadera y al cumplimiento de una serie de compromisos de gestión, de forma que los pastos en común conjuguen las funciones productivas, naturales y paisajísticas.


Quien lo puede presentar

Titulares de explotaciones agrarias ubicadas en el Principado de Asturias, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarías y frente a la Seguridad Social.
  • Cumplir la condición de agricultor activo.
  • La explotación agraria tendrá que estar inscrita, o en proceso de inscripción, en el Registro General de Explotaciones Ganaderas del Principado de Asturias a fecha fin de plazo de modificación de la solicitud única de inicio del compromiso, condición que se mantendrá durante todo el periodo de compromiso, como explotaciones de ganado bovino, ovino, caprino, equino o porcino con el tipo "Producción y Reproducción" o tipo "Pasto". En el primer caso, con:

a) una clasificación zootécnica de "reproducción para producción de carne", "reproducción para producción de leche" o "reproducción para producción mixta" o "recría de novillas" y clasificadas como extensivas o semi-extensivas en el caso del bovino.

b) una clasificación zootécnica de "reproducción para producción de carne", "reproducción para producción de leche" o "reproducción para producción mixta", clasificadas como extensivas, en el caso del ovino y caprino.

c) Una clasificación zootécnica de "reproducción para producción de carne" o "reproducción mixtas", clasificadas como extensivas, en el caso del equino.

d) una calificación por sistema productivo como "extensivo" o "mixto" en el caso del porcino.

  • Comprometerse a mantener una actividad agraria sostenible y a cumplir las normas de condicionalidad.
  • Comprometerse a Realizar pastoreo en las superficies comprometidas con el setenta y cinco por ciento (75%) de las UGM de su explotación respecto a los animales que obtuvieron autorización para el acceso a los pastos en el primer año de fijación de la superficie para el compromiso quinquenal. En las sucesivas campañas el nivel de cumplimiento se fijará en el número equivalente de UGM utilizado para la determinación de la superficie comprometida en el primer año.
  • Comprometerse voluntariamente al traslado de los animales de su explotación de las especies bovina, ovina, caprina, porcina y/o equina a las zonas objetivo de pasto en común manteniéndolas durante al menos un periodo de 3 meses consecutivos entre el 1 de junio y el 15 de octubre del año de solicitud.
  • Disponer de la preceptiva autorización/ licencia de pastos y realizar la preceptiva comunicación del movimiento entre la explotación de la que éste sea titular y el pasto.

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Presentación

La solicitud única se presentará por medios electrónicos, excepto en casos excepcionales que podrá establecer la autoridad competente cuando el beneficiario sea una persona física y no tenga acceso y disponibilidad de medios electrónicos.

Dicha presentación por medios electrónicos se realizará mediante la aplicación web SGA (https://sga.asturias.es/) habilitada al efecto en esta misma página a través del enlace "Tramitación Telemática", bien con certificado digital o a través de las entidades habilitadas, utilizando la clave personal que se facilita en las oficinas comarcales de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.

En el resto de los casos, se podrá realizar la tramitación en papel en la Oficina Comarcal correspondiente al domicilio del interesado, o mediante cualquiera de los sistemas de presentación previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos se dispondrá de un modelo estandarizado en la Sede Electrónica de la Administración del Gobierno del Principado de Asturias.

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Órgano gestor

Servicio de Modernización Agroganadera.

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Plazo de resolución

Hasta el 30 de junio del año siguiente de presentación de la solicitud.

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Potestativo de reposición.

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Normativa básica

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Información adicional

MODIFICACIÓN DE LOS COMPROMISOS CONTRAÍDOS

En aplicación de lo dispuesto en el punto 7 del artículo 70 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, en el caso de que se modifiquen las normas obligatorias, requisitos u obligaciones aplicables, respecto a las cuales los compromisos agroambientales y climáticos o para la producción ecológica son más estrictos, se realizarán las correspondientes adaptaciones. En caso de que tal adaptación no sea aceptada por el beneficiario, el compromiso se dará por finalizado, sin que se exija reembolso alguno por el periodo durante el cual el compromiso fuera efectivo.

CÁLCULO DE LA AYUDA

Importes por hectárea para cada tipo de agrupación:

Tipo de agrupación de pasto en común

Importe base por Ha ganaderia convencional

Importe base por Ha ganadería ecológica(*)

Agrupaciones en espacios protegidos o en Red Natura 2000

136€

163€

Agrupaciones no incluidas en espacios protegidos

67,50€

81€

(*)En caso de explotaciones de ganadería ecológica, el importe de la prima se incrementa en un 20%

Con la solicitud de admisión al régimen se fija la superficie de compromiso quinquenal que corresponde a la siguiente fórmula:

UGM totales de la licencia de pastos de la solicitud de admisión * 0.75 *0.30 ha

Las UGM se multiplicarán por un coeficiente corrector para aplicar el pago de modo que: UGM totales para el cálculo= UGM * factor ponderación especie.

Coeficientes de especie

 

Vacas y caballos

1

Ovejas y cabras

1,20

En los años sucesivos, para mantener los compromisos y poder cobra la ayuda, el beneficiario debe mantener un número de UGM mínimas cumpliendo con las condiciones de la intervención en base a la siguiente fórmula:

  • UGM mínimas años sucesivos= UGM totales de la licencia de pastos del 1ª año * 0,75 (porque el compromiso es subir el 75% de las UGM del primer año). Es decir, en años sucesivos deberá hacer el pastoreo con mínimo 26 UGM (si hay decimales se redondea a la UGM completa)

En los años sucesivos, la fórmula para determinar la superficie asignada será:

  • UGM totales de la licencia de ese año*0,30 ha. (Para este cómputo a las UGM se aplicarán los correspondientes factores de ponderación).

Para determinar el pago de la superficie se establece, además, la siguiente norma: En caso de que el pasto comunal tenga el 50% o más de su superficie en espacio protegido o Red Natura 2000, se aplicará la prima correspondiente a esos espacios y en caso contrario la prima correspondiente a agrupaciones no incluidas en espacios protegidos.

Por otro lado, con el fin de establecer una gradación adecuada en el importe de las ayudas, se establece la siguiente degresividad en el pago de la prima:

  • Hasta 10ha: 100% de la Prima
  • De 10 a 20 ha: 60% de la Prima
  • Más de 20 ha: 30% de la Prima

La ayuda se concederá en régimen de concurrencia competitiva. En caso de que el importe solicitado supere la cuantía especificada en la convocatoria, la admisión en el régimen y el pago correspondiente se realizarán por orden de prelación según los siguientes criterios de selección:

  • Explotaciones que comprometen superficie de pastoreo con más de un 5% de UGM de ganado ovino o caprino: 100 puntos.
  • Explotaciones que comprometen superficie de pastoreo con más de un 3% y menor o igual a un 5% de UGM de ganado ovino o caprino: 70 puntos.
  • Explotaciones que comprometen superficie de pastoreo con más de un 1% y menor o igual a un 3% de UGM de ganado ovino o caprino: 30 puntos
  • Explotaciones que comprometen superficie de pastoreo con UGM de ovino caprino en menos del 1%: 10 puntos.
  • Por cada UGM o fracción de bovinos comprometidos para la permanencia en la superficie de pastos: 1 punto.

No se requiere puntuación mínima para esta intervención.

En caso de empate de dos o más beneficiarios se prorrateará entre estos, en función de las unidades de producción vinculadas por los compromisos que generan el pago.

 

FICHA DE ACREEDORES

La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.

SERVICIOS RELACIONADOS  

Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias 

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Información adicional

Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica

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Documentos a presentar

Documentos requeridos:
  • Solicitud normalizada
  • Ficha de acreedores, en caso de nueva solicitud o cambio de cuenta
En el caso de personas jurídicas:
  • Escritura de constitución en la que se justifiquen los socios que componen la sociedad, así como su participación a fecha de solicitud
  • O Estatutos
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, presentar además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
Otros documentos aportados:
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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Documentación relacionada

01. Solicitud

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

Tramitación telemática

Tramitación presencial

Tramitación presencial

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