Plazos de presentación
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Desde
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01/07/2025
00:00h
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Hasta
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14/07/2025
23:59h
El plazo de presentación de solicitudes de subvención es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA 30/06/2025).
Finalidad
Financiar los costes salariales de personal técnico en gestión de desarrollo local de ayuntamientos y agrupaciones de ayuntamientos solicitantes.
Quien lo puede presentar
Entidades locales que cumplan los siguientes requisitos:
1.- Ayuntamientos en los que concurran las siguientes circunstancias:
- Que el territorio tenga una media de paro registrado de enero a diciembre, en el año anterior al de la publicación de esta Convocatoria de subvenciones, superior a 600 trabajadores.
- Que la población del territorio sea superior a 8.000 habitantes, según las cifras resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2024 y declaradas oficiales por el Real Decreto 1210/2024, de 28 de noviembre.
2.- Agrupaciones de ayuntamientos sin personalidad jurídica en las que concurra, al menos, una de las circunstancias señaladas en el punto anterior siempre que cumplan los requisitos establecidos en la base reguladora 3.b):
- Declarar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de sus miembros, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos
- Designar un representante único entre sus miembros con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación
No podrán disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley General de Subvenciones.
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Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónicode esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Órgano gestor
Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias (SEPEPA).
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Recursos
Recurso contencioso administrativo.
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Información adicional
REQUISITOS DEL PERSONAL TÉCNICO EN GESTIÓN DE DESARROLLO LOCAL
El personal técnico en gestión de desarrollo local deberá:
- Ser titulado universitario de grado o titulación equivalente.
- Su formación deberá ser adecuada para realizar las funciones descritas en las bases reguladoras.
FUNCIONES DEL PERSONAL TÉCNICO EN GESTIÓN DE DESARROLLO LOCAL:
- Impulsar las potencialidades de desarrollo y empleo.
- Planificación estratégica en el ámbito del empleo y el desarrollo económico local.
- Fomentar la inserción laboral de las personas participantes en los servicios y programas de activación para el empleo que se desarrollen en un ámbito territorial concreto.
COFINANCIACIÓN
Estas subvenciones están cofinanciadas por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias y por el Servicio Público de Empleo Estatal
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se subvencionan los costes salariales que se devenguen entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026 por el personal técnico en gestión de desarrollo local de las entidades beneficiarias.
CUANTÍA
- La cuantía de la subvención a conceder será la resultante de aplicar los criterios de reparto establecidos en la base reguladora octava, a cuyo efecto el importe de subvención mínima es de 33.250 euros y el máximo de 133.000 euros, referidos ambos a cada beneficiario.
- La subvención máxima por contrato de un año de duración a jornada completa será de 33.250 euros prorrateables en función de la duración y jornada efectiva del mismo.
PAGO
- Primer anticipo: previa presentación para su abono de la documentación exigida dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la Resolución de concesión.
- Segundo anticipo: previa presentación de la documentación exigida. El plazo finaliza el 8 de mayo de 2026.
JUSTIFICACIÓN
El plazo para la presentación de la documentación justificativa finaliza el día 11 de septiembre de 2026.
EXCLUSIONES
No podrán obtener la condición de beneficiario quienes incurran en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones.
FICHA DE ACREEDORES
SERVICIOS RELACIONADOS
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Documentos a presentar
Documentos requeridos para la solicitud de la subvención:
- Solicitud de subvención en modelo normalizado
- Informe de la Intervención municipal relativo a la financiación del proyecto, en modelo normalizado
- Acreditación de la capacidad de representación del representante del ayuntamiento solicitante, en caso de ser distinto al alcalde
- Modelo normalizado de cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 11.3 de la Ley General de subvenciones, firmado por todos los representantes legales de los ayuntamientos integrados en la agrupación solicitante, así como de autorización expresa conjunta al Principado de Asturias para la consulta de la información relativa a la identidad del solicitante y de su representante y de cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no es deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas o exigibles
- Ficha de acreedores (exclusivamente si hubiera modificación de los datos facilitados).
Documentos requeridos para la solicitud del abono del primer anticipo:
- Solicitud de abono primer anticipo
- Plan de trabajo a desarrollar por el personal técnico contratado en el que figurará necesariamente un apartado sobre perspectiva de género.
- En caso de agrupaciones, Declaraciones responsables de todos y cada uno de los ayuntamientos del cumplimiento de lo indicado en el art. 13 de la LGS.Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentos requeridos para la comunicación de personas contratadas:
- Excel de personas contratadas
- Declaración responsable de las personas contratadas
- Copia del título de la titulación indicada en la declaración responsable
Documentos requeridos para la solicitud del abono del segundo anticipo:
- Solicitud de abono segundo anticipo
- Justificación del coste salarial subvencionable total devengado hasta la fecha de solicitud del segundo pago, según modelo normalizado
- Documento gráfico que acredite el estar dando cumplimiento a la obligación de dar publicidad de la financiación de las fuentes de financiación o cofinanciación establecidas (SEPE y SEPEPA).
- En el caso de nuevas incorporaciones de personal técnico, acreditación de que se ha dado adecuada publicidad a los procesos selectivos
- En caso de agrupaciones, declaraciones responsables de todos y cada uno de los ayuntamientos del cumplimiento de lo indicado en el art. 13 de la LGS.
Documentos requeridos para la comunicación de justificación final de la subvención:
- Comunicación de justificación final
- Anexo-Certificación emitido por la Secretaría municipal en modelo normalizado
- Informe de la Intervención municipal relativo a la no percepción por el ayuntamiento beneficiario de otros ingresos o subvenciones obtenidas para la misma finalidad, o en su caso, informe positivo sobre dichos extremos
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
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Tramitación
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