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AYUD0225T02 - Subvenciones a ayuntamientos para financiar los contratos formativos para la obtención de práctica profesional adecuada al nivel de estudios. Convocatoria 2025-2026
Plazu zarráu
Plazos de presentación
- Desde
-
13/08/2025
00:00h
- Hasta
-
27/08/2025
23:59h
Finalidad
Concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado de Asturias con destino a la celebración de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios de personas jóvenes menores de 30 años inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ), mediante la adquisición de las habilidades y capacidades necesarias para el desarrollo de la actividad laboral correspondiente al título obtenido por la persona trabajadora con carácter previo.
Quien lo puede presentar
Entidades locales que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser un Ayuntamiento del Principado de Asturias y no estar incurso en alguna de las circunstancias excluyentes señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Realizar el objeto de la subvención directamente.
Presentación
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Efecto del silencio administrativo
No procedeNormativa básica
- REGLAMENTO (UE) 2021/1057 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1296/2013
- REGLAMENTO (UE) 2021/1060 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE 2 de octubre de 2015
- Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. BOE 1 de marzo de 2023
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Corrección de errores, BOE 270 (11-11-2006). BOE 25 de julio de 2006
- Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
- Ley del Principado de Asturias 3/2005, de 8 de julio, del Servicio Público de Empleo. Rectificación de errores BOPA 175 (29-7-2005). BOPA 18 de julio de 2005
- Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés del Principado de Asturias.
- Ley del Principado de Asturias 8/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2025.
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias. BOPA 2 de julio de 1998.
- Decreto 105/2005, de 19 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen de convocatoria pública. Rectificación de errores BOPA 260 (10-11-2005). BOPA 24 de octubre de 2005
- Acuerdo de 22 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de medidas antifraude de la Administración del Principado de Asturias y su Sector Público, modificado por Acuerdo de 20 de mayo de 2022, Acuerdo de 2 de junio de 2023 y Acuerdo de 17 de mayo de 2024.
- Resolución de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo de 22 de mayo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias con destino a la celebración de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios. (BOPA 112 de 12-VI-2025).
- Extracto de la Resolución del 1 de agosto de 2025, del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria 2025 de concesión de subvenciones con destino a entidades locales del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias; financiación de contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
Información adicional
REQUISITOS DE LOS JÓVENES SUBVENCIONADOS
Los jóvenes desempleados contratados al amparo de este programa, además de cumplir los requisitos exigidos para la celebración de un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional según la normativa vigente, deberán:
- Ser menores de 30 años a la fecha de inicio del contrato.
- Estar inscritos como beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a fecha de inicio de contrato que se pretende subvencionar.
- Estar inscritos como demandantes de empleo no ocupados en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias a fecha de inicio de contrato que se pretende financiar.
- Ser contratados por un año a jornada completa, salvo excepciones expresamente autorizadas. Dicha autorización no será precisa cuando la excepción se plantee para sustituir a un trabajador o trabajadora que haya causado baja o como consecuencia de ajustar la duración y jornada de los contratos al importe de subvención concedido.
- Formalizar, en el momento de su contratación, el compromiso de participar en un programa de atención personalizada por parte del Servicio Público de Empleo que mejore sus habilidades personales y/o laborales facilitándoles una rápida inserción en el mercado de trabajo.
OBJETO Y ÁMBITO TEMPORAL
Subvencionar, durante un periodo máximo de un año, necesariamente comprendido entre la fecha de notificación de la resolución de concesión y el 30 de diciembre de 2026, los contratos para la obtención de práctica profesional que a su amparo se formalicen, teniendo como finalidad la de proporcionar experiencia laboral a personas jóvenes formadas.
EXCLUSIONES
Los periodos de suspensión de los contratos establecidos en el artículo 45 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
No se establecen otras exclusiones de conformidad con lo señalado en la base reguladora Tercera apartado 2.b).
CUANTÍA
La cuantía de la subvención a conceder será la resultante de aplicar los criterios de reparto establecidos en la base reguladora Octava de estas subvenciones a cuyos efectos el importe medio y mínimo es de 25.500,00 euros.
PAGO
- Primer anticipo: previa presentación de la documentación exigida para su abono dentro de dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la resolución de concesión de la subvención.
- Segundo anticipo: previa presentación de la documentación exigida para su abono antes del plazo para presentar la documentación justificativa establecida en la base decimocuarta finaliza el 4 de septiembre de 2026.
JUSTIFICACIÓN
La documentación justificativa se presentará antes del 5 de marzo de 2027.
Se establecen módulos de justificación por grupo de cotización para contratos de un año de duración a jornada completa, tal y como se recoge en la convocatoria.
COFINANCIACIÓN
Las presentes subvenciones son objeto de financiación por el Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias y por el Servicio Público de Empleo Estatal. Además son objeto de cofinanciación al amparo del Fondo Social Europeo a través del Programa FSE+2021-2027. Las fuentes de cofinanciación vendrán determinadas en la resolución de concesión.
CÓDIGO DIR SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
A03005841.
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
Solo se presentará si hubo modificaciones respecto a la anteriormente presentada.
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
Documentos a presentar
- Solicitud de subvención en modelo normalizado
- En caso de que la entidad solicitante deniegue expresamente que el órgano concedente pueda obtener directamente a través de certificados telemáticos la acreditación de estar la entidad al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública del Estado, y con la Seguridad Social, así como no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles, deberá aportar dicha certificación.
- Documentos acreditativos de la personalidad y representación con la que actúa el solicitante
- Informe de la Intervención municipal relativo a la financiación del proyecto, en modelo normalizado
- Ficha de acreedores (exclusivamente si hubiera modificación de los datos facilitados)
- En caso de que la entidad solicitante deniegue expresamente que el órgano concedente pueda obtener directamente a través de certificados telemáticos la acreditación de estar la entidad al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública del Estado, y con la Seguridad Social, así como no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles, deberá aportar dicha certificación.
- Solicitud de abono primer anticipo
- Excel Contratos formativos convocatoria 2025-2026. Contratos CF25
- Declaración responsable de las personas contratadas
- Cuestionario de indicadores, correctamente cumplimentado por cada una de las personas contratadas
- Excel resumen de los indicadores de las personas contratadas
- Solicitud de abono segundo anticipo con indicación de la cantidad que se solicita y de la documentación que se presenta
- Justificación del importe de subvención abonado en el primer pago anticipado desde el inicio del periodo subvencionado hasta la fecha de la solicitud del segundo pago, en función de los módulos establecidos en la convocatoria, de la jornada laboral y la duración de los contratos, a presentar en modelo normalizado.
- Certificado de la Secretaría municipal que indique que las personas contratadas, cuya relación se detallará en el documento, han participado en un proceso selectivo específico como consta en las actas de selección aportadas al expediente y que en caso de que alguna de las personas propuestas en primer lugar en las actas de selección no hayan sido empleadas, se debe a causas valoradas y aceptadas por el órgano de selección, procediendo a realizar el contrato a la/s siguiente/s persona/s de la lista.
- Copia de las actas finales de los procesos selectivos que incluirán los datos, con nombre, apellidos y NIF o NIE, de las personas participantes y de las personas propuestas para ser contratadas.
- Acreditación de que se ha dado publicidad de la convocatoria del proceso selectivo de las personas candidatas a contratar en el tablón de anuncios físico y/o digital del ayuntamiento
- Acreditación de estar dando cumplimiento a la obligación de dar publicidad de la financiación de cuantas fuentes de financiación o cofinanciación establecidas en esta convocatoria de subvenciones y en la resolución de concesión de las mismas (SEPE, SEPEPA, y FSE+):
- En caso de que la entidad solicitante deniegue expresamente que el órgano concedente pueda obtener directamente a través de certificados telemáticos la acreditación de estar la entidad al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública del Estado, y con la Seguridad Social, así como no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles, deberá aportar dicha certificación.
- En caso de que la entidad beneficiaria renuncie el cobro del segundo pago anticipado deberá presentar renuncia expresa acompañada de la documentación establecida en los apartados anteriores.
- Comunicación de justificación final, con indicación de la documentación presentada y declaración responsable de la existencia o inexistencia de periodos de suspensión de los contratos de las personas empleadas.
- Modelo normalizado de justificación final y certificación emitida por la Secretaría municipal, que determine la subvención justificada en base a los módulos establecidos y que incluirá el coste total de los salarios y las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social devengados por el total de los contratos subvencionados
- En el caso de existir periodos de suspensión de contratos, anexo relativo a los períodos de suspensiones de los contratos por las causas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
- Informe de la Intervención municipal relativo a la no percepción por el ayuntamiento beneficiario de otros ingresos o subvenciones obtenidas para la misma finalidad, o en su caso, informe positivo sobre dichos extremos.
- Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención
- En caso de que el beneficiario opte por la devolución voluntaria de la subvención no justificada, ejemplar para la Administración del modelo 049 de Autoliquidación de ingresos de Derecho Público - Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada
02. Informe Intervención Municipal - Anexo II - ISF
03. Solicitud abono primer anticipo
04. Declaración responsable persona trabajadora
05. Cuestionario de indicadores de realización y resultados FSE+.
06. Excel Contratos Formativos convocatoria 2025-2026. Contratos CF25
07. Excel resumen de cuestionarios de indicadores de realización y resultados FSE+
08. Solicitud abono segundo anticipo
09. Informe Intervención Municipal otras ayudas
10. Comunicación justificación final subvención
11. Cronograma de entrega de documentación
12. Símbolos de identidad gráfica
13. Cartel informativo de la cofinanciación Contratos Formativos
14. Resolución de convocatoria 2025-2026
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Requisitos técnicos
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
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