Plazos de presentación
-
Desde
-
13/01/2026
00:00h
-
Hasta
-
12/03/2026
23:59h
Plazo de presentación de solicitudes:
- El plazo de presentación de las solicitudes, junto con la documentación requerida, será de dos meses, contados desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias «BOPA»
- No serán admisibles solicitudes presentadas fuera de plazo.
- Tanto la convocatoria como el extracto de la convocatoria se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Plazo de presentación de la justificación:
- El beneficiario de la subvención estará obligado a justificar el cumplimiento de las condiciones establecidas, así como la realización de la actividad que determinó la concesión de la ayuda, en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo establecido para la realización de dicha actividad. La justificación se realizará mediante cuenta justificativa, ajustándose a lo establecido en los artículos 72 y 74 del RLGS, debiendo aportarse los documentos acreditativos en el plazo de tres meses.
- Para la presentación de la cuenta justificativa, cada beneficiario deberá seguir las instrucciones y formularios indicados en la guía de justificación que se encontrará disponible en la ficha de servicio en la sede electrónica del Principado de Asturias, indicada en la resolución de concesión. Esta Guía de Justificación desarrollará el proceso operativo de presentación de los documentos justificativos de inversión y pago, así como de los indicadores de evolución de impactos.
La cuenta justificativa deberá ser cumplimentada en su totalidad y deberá incluir toda la documentación indicada en el anexo II.2.
Finalidad
Impulsar la ejecución de proyectos y actuaciones promovidos por PYMES desarrollados en el Principado de Asturias y que contribuyan de manera sustancial a la transición hacia una economía circular
Presentación
Presentación telemática
La tramitación electrónica será obligatoria en todas sus fases, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante LPAC. Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible relativa a los proyectos que concurran a esta convocatoria, serán presentadas a través de la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es/), de acuerdo con el procedimiento indicado en la ficha de servicio AYUD0554T02
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL:
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Xubir al entamu
Órgano gestor
Servicio de Gestión, Planificación y Promoción Ambiental
Xubir al entamu
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, a contar desde el día siguiente al de conclusión del plazo de presentación de solicitudes.
Xubir al entamu
Recursos
Recurso potestativo de reposición
Xubir al entamu
Documentos a presentar
Anexo II. Documentación necesaria.
Anexo II.1 Fase de solicitud
1. Documentación de los solicitantes:
- Acreditación de la representación del firmante de la solicitud
- Escritura pública de constitución
- Estatutos actualizados con justificante de inscripción en el registro correspondiente
- Cuentas anuales del solicitante o de cada entidad que forme parte de la agrupación, en su caso
- Informe de riesgos de la Central de información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) agregado de la deuda financiera de la entidad solicitante o de cada entidad que forme parte de la agrupación
- Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia deberán presentar el acuerdo de agrupación suscrito con carácter previo a la formalización de la solicitud
- Documentación acreditativa de los puestos de trabajo de la empresa a fecha de solicitud de la ayuda
2. Documentación técnico-económica del proyecto:
- Memoria técnica-económica del proyecto que deberá incluir: Resumen ejecutivo del proyecto; Descripción de la empresa promotora; Descripción del proceso productivo para el que se solicita la ayuda; Madurez del proyecto; Viabilidad económica del proyecto; Impacto socioeconómico sobre el territorio; Relación de tres presupuestos para la ejecución del proyecto (esta documentación podrá presentarse en la fase de justificación); Otra información relevante
3. Documentación medioambiental del proyecto:
- Para cada proyecto se aportará memoria de evaluación sustantiva de las actividades del proyecto, que determine el cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo (DNSH)
- Documento resumen, sobre la defensa contra el cambio climático de las infraestructuras para el periodo 2021-2027. Este documento analizará la neutralidad climática y la resiliencia frente al cambio climático del proyecto.
4. Otra documentación:
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
5. Declaraciones responsables y otros documentos (Anexo III)
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos y obligaciones para participar en la convocatoria
- Declaración responsable del tamaño empresarial.
- Declaración responsable de la titularidad real - Personas jurídicas
- Declaración responsable acerca de otras ayudas para la misma actuación o finalidad
- Aceptación de la subvención
Xubir al entamu
Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
Xubir al entamu