Plazos de presentación
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Desde
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26/05/2026
00:00h
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Hasta
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15/06/2026
23:59h
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Finalidad
Responder al actual contexto de transformación cultural y social que está alterando las reglas del negocio en todos los sectores de actividad y que afecta de forma muy particular al comercio de proximidad en las zonas rurales, mediante el impulso en estas zonas tanto a la implantación como la modernización de los establecimientos comerciales, así como la promoción de su digitalización como medio para crecer y aumentar su productividad, y contribuir a la dinamización económica y social de esos territorios.
Quien lo puede presentar
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, agrupaciones de personas jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que tengan la consideración de PYMES, que realicen actividad comercial en establecimientos ubicados en Asturias y reúnan los requisitos establecidos en la base reguladora 4.
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Presentación
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Órgano gestor
Servicio de Gestión y Calidad Comercial
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Recursos
Potestativo de resposición
Extraordinario de revisión
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Información adicional
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores.
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
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Documentos a presentar
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud normalizado
- Memoria descriptiva de las actuaciones a realizar
- Fichero de acreedores.
- Presupuesto de las inversiones
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Poder notarial, en caso de representación por poder notarial.
- Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal
Otros documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
Seleccione como desea identificarse:
Tramitación presencial
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