AYUD0087T04 - Abono de la ayuda para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la asociación europea de la innovación. Plan estratégico de la pac 2023-2027. Convocatoria 2025

Plazu abiertu

Plazos de presentación

Hasta
15/09/2028
23:59h

Desde concesión hasta el 15 de septiembre de 2028


Finalidad

Presentar la documentación relativa a la solicitud de pago de las ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7161), convocatoria 2025.


Quien lo puede presentar

Las entidades beneficiarias de las ayudas para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación. Plan estratégico de la PAC 2023-2027. Convocatoria 2025

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Presentación

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.

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Órgano gestor

Servicio de Desarrollo Rural

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Plazo de resolución

6 meses 

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Recurso potestativo de reposición.

Recurso contencioso administrativo.

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Normativa básica

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Información adicional

FORMA DE PAGO DE LA SUBVENCIÓN

  • El pago de la subvención se hará efectivo previa justificación por parte de los beneficiarios y mediante transferencia a la cuenta específica habilitada al efecto. Una vez recibido en la cuenta el pago de la ayuda, el representante será responsable de la disposición común de la misma, de acuerdo con la distribución que entre los miembros beneficiarios se establezca en el Convenio
  • Previa a la tramitación del pago por el servicio gestor se comprobará la ejecución de la operación subvencionada realizándose, en su caso, los controles administrativos preceptivos, incluidas las visitas in situ si fuesen necesarias, emitiéndose sobre todo ello la correspondiente certificación.

COMUNICACIÓN DE OTRAS AYUDAS

En caso de que a los beneficiarios les fuesen concedidas otras ayudas, ingresos o recursos para financiar las actividades subvencionadas, deberán comunicarlo a la Consejería de Medio Rural y Política Agraria tan pronto como la entidad tenga conocimiento de ello.

JUSTIFICACIÓN DE LA INVERSIÓN

El plazo de ejecución de las actividades, justificación de la inversión y presentación de la solicitud de pago con la documentación que la acompañe conforme al anexo XIV de la convocatoria, se establece el 15 de septiembre de 2026 para la primera anualidad, el 15 de septiembre de 2027 para la segunda anualidad y el 15 de septiembre 2028 para la tercera anualidad del proyecto.

SERVICIOS RELACIONADOS

Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias

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Documentos a presentar

DOCUMENTOS REQUERIDOS: La documentación a presentar en cada anualidad se debe aportar en archivos electrónicos independientes. El nombre de cada archivo se corresponderá con el código y título en negrita de la relación de los siguientes documentos
    1. ESPECÍFICA DEL GRUPO OPERATIVO:
    • L01. MEMORIA EXPLICATIVA del cumplimiento de la finalidad subvencionada, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Según anexo XVII de la Convocatoria. PDF firmado.
    • L02. MEMORIA ECONÓMICA justificativa del coste de las actividades realizadas PDF firmado. Según anexo XV de la Convocatoria. PDF firmado.
    • L03. INFORME AUDITOR ROAC. Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, con el contenido mínimo que se establece en el Anexo XVI de la Convocatoria. PDF firmado.
    • L04. DECLARACIÓN RESPONSABLE
    2. ESPECÍFICA DE TODOS Y CADA UNO DE LOS MIEMBROS BENEFICIARIOS (MÁXIMO 5):
      2.1 MIEMBRO BENEFICIARIO 1 Y REPRESENTANTE
      • MB1.1. EXTRACTO DE CUENTA BANCARIA. Un extracto de las cuentas bancarias (una única por miembro beneficiario salvo en casos excepcionales debidamente justificados, a saber, beneficiarios que tengan la condición de organismo público y los gastos de transporte, alojamiento y manutención que se podrá aportar extracto de otra cuenta distinta a la anterior), debiendo incluir todo el periodo por el que se solicita el pago. En el caso de solicitudes en segunda o posterior anualidad deberá ser continuación del presentado para el periodo anterior. El extracto aportado debe estar emitido por la entidad bancaria (sellado) en la que está domiciliada la cuenta única en un formato no modificable y no podrá contener movimientos que no estén relacionados con el proyecto innovador subvencionado. En el caso de organismos públicos, adjuntarán documento equivalente al extracto bancario. En el caso especial de Organismos Públicos, se admite que, en lugar de presentar el extracto de cuenta bancaria, aporten una justificación de la no presentación del extracto de cuenta bancaria junto a una de las siguientes opciones: - Un certificado del banco con los movimientos correspondientes a todos los gastos del proyecto que incluya el importe y la fecha valor de los pagos realizados.
      • MB1.2. FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO. Facturas y justificantes de pago de fecha posterior a la solicitud de la ayuda y deberán ser de fecha anterior a la fecha de finalización del plazo de ejecución y justificación establecido en la convocatoria. Para el informe de auditoría, se admite que esté pagado fuera de plazo, pero siempre con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de pago y se debe aportar su apunte en la cuenta bancaria única.
      • MB1.3.- FACTURAS PROFORMA. Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario para cada pago junto con un informe de la moderación de costes realizada y que justifique la selección del adjudicatario. Sólo en los casos de modificaciones menores respecto de los gastos concedidos.
      • MB1.4. JUSTIFICANTES REUNIONES / DIETAS / VIAJES. Para la justificación de los gastos y pagos en conceptos relativos a costes admisibles por desplazamiento y manutención derivados de los gastos de divulgación, deberán presentarse las correspondientes actas firmadas por todos y cada uno de los asistentes, justificantes bancarios del pago y tickets o facturas del pago de comidas y alojamiento y/o desplazamientos del período correspondiente y un resumen que especifique fecha, horario de inicio y final del desplazamiento, nombre de la persona que se desplaza y función que desempeña en el grupo, destino del desplazamiento, motivo y kilómetros. Tabla que correlacione cada gasto de desplazamiento y manutención con la actividad de divulgación asociada al mismo.
      • MB1.5. DECLARACIONES RESPONSABLES del Miembro Beneficiario. Declaración de cada beneficiario de no haber solicitado ni recibido ninguna otra subvención para la misma finalidad, y de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
      • MB1.6. INTEROP SS, AEAT y TRIBUTARIOS: CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONESS CON LA SEGURIDAD SOCIAL, CON LA AGENCIA TRIBUTARIA Y CON LA HACIENDA PRINCIPADO ASTURIAS. (solo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
      2.2 MIEMBRO BENEFICIARIO 2
      • MB2. Documentos miembro beneficiario 2: Idem pero con el código MB2.X
      2.3 MIEMBRO BENEFICIARIO 3 (SI PROCEDE)
      • MB3. Documentos miembro beneficiario 3: Idem pero con el código MB3.X
      2.4 MIEMBRO BENEFICIARIO 4 (SI PROCEDE)
      • MB4. Documentos miembro beneficiario 4: Idem pero con el código MB4.X
      2.5 MIEMBRO BENEFICIARIO 5 (SI PROCEDE)
      • MB5. Documentos miembro beneficiario 5: Idem pero con el código MB5.X
      3. OTRA DOCUMENTACIÓN O INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.
      • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente

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