AYUD0087T04 - Abono de la ayuda para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la asociación europea de la innovación. Plan estratégico de la pac 2023-2027. Convocatoria 2025
Plazu abiertu
- Plazos de presentación
- Finalidad
- Quien lo puede presentar
- Presentación
- Órgano gestor
- Plazo de resolución
- Efecto del silencio administrativo
- Recursos
- Normativa básica
- Información adicional
- Documentos a presentar
- Documentación relacionada
Tramitación
Formas de tramitaciónPlazos de presentación
- Hasta
-
15/09/2028
23:59h
Desde concesión hasta el 15 de septiembre de 2028
Finalidad
Presentar la documentación relativa a la solicitud de pago de las ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7161), convocatoria 2025.
Quien lo puede presentar
Las entidades beneficiarias de las ayudas para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación. Plan estratégico de la PAC 2023-2027. Convocatoria 2025
Presentación
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Efecto del silencio administrativo
DesestimatorioNormativa básica
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, modificado por el Decreto 14/2000.
- El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la Política Agrícola Común (planes estratégicos de la PAC, financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
- Reglamento de ejecución (UE) 2022/1475 de la Comisión, de 6 de septiembre de 2022, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a la evaluación de los planes estratégicos de la PAC y al suministro de información para el seguimiento y la evaluación, concretamente en lo referente al suministro de datos sobre grupos operativos.
- Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
- Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la Política Agrícola Común y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.
- Decisión de Ejecución de la Comisión Europea C (2022) 6017, de 31 de agosto de 2022, por la que se aprueba el Plan Estratégico Nacional de la PAC 2023-2027.
- Las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020. (2014/C 204/01)
- Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea.
- Resolución de 26 de agosto de 2024, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7161)
- Extracto de la Resolución de 1 de julio de 2025, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se aprueba la convocatoria plurianual de ayudas para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (intervención 7161), convocatoria 2025.
- Resolución de 16 de junio de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se conceden ayudas para la selección y puesta en funcionamiento de proyectos de innovación de grupos operativos de la AEI, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 (Intervención 7161), convocatoria 2025.
Información adicional
FORMA DE PAGO DE LA SUBVENCIÓN
- El pago de la subvención se hará efectivo previa justificación por parte de los beneficiarios y mediante transferencia a la cuenta específica habilitada al efecto. Una vez recibido en la cuenta el pago de la ayuda, el representante será responsable de la disposición común de la misma, de acuerdo con la distribución que entre los miembros beneficiarios se establezca en el Convenio
- Previa a la tramitación del pago por el servicio gestor se comprobará la ejecución de la operación subvencionada realizándose, en su caso, los controles administrativos preceptivos, incluidas las visitas in situ si fuesen necesarias, emitiéndose sobre todo ello la correspondiente certificación.
COMUNICACIÓN DE OTRAS AYUDAS
En caso de que a los beneficiarios les fuesen concedidas otras ayudas, ingresos o recursos para financiar las actividades subvencionadas, deberán comunicarlo a la Consejería de Medio Rural y Política Agraria tan pronto como la entidad tenga conocimiento de ello.
JUSTIFICACIÓN DE LA INVERSIÓN
El plazo de ejecución de las actividades, justificación de la inversión y presentación de la solicitud de pago con la documentación que la acompañe conforme al anexo XIV de la convocatoria, se establece el 15 de septiembre de 2026 para la primera anualidad, el 15 de septiembre de 2027 para la segunda anualidad y el 15 de septiembre 2028 para la tercera anualidad del proyecto.
SERVICIOS RELACIONADOS
Aportación de documentos por requerimiento a la Administración del Principado de Asturias
Documentos a presentar
- L01. MEMORIA EXPLICATIVA del cumplimiento de la finalidad subvencionada, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Según anexo XVII de la Convocatoria. PDF firmado.
- L02. MEMORIA ECONÓMICA justificativa del coste de las actividades realizadas PDF firmado. Según anexo XV de la Convocatoria. PDF firmado.
- L03. INFORME AUDITOR ROAC. Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, con el contenido mínimo que se establece en el Anexo XVI de la Convocatoria. PDF firmado.
- L04. DECLARACIÓN RESPONSABLE
- MB1.1. EXTRACTO DE CUENTA BANCARIA. Un extracto de las cuentas bancarias (una única por miembro beneficiario salvo en casos excepcionales debidamente justificados, a saber, beneficiarios que tengan la condición de organismo público y los gastos de transporte, alojamiento y manutención que se podrá aportar extracto de otra cuenta distinta a la anterior), debiendo incluir todo el periodo por el que se solicita el pago. En el caso de solicitudes en segunda o posterior anualidad deberá ser continuación del presentado para el periodo anterior. El extracto aportado debe estar emitido por la entidad bancaria (sellado) en la que está domiciliada la cuenta única en un formato no modificable y no podrá contener movimientos que no estén relacionados con el proyecto innovador subvencionado. En el caso de organismos públicos, adjuntarán documento equivalente al extracto bancario. En el caso especial de Organismos Públicos, se admite que, en lugar de presentar el extracto de cuenta bancaria, aporten una justificación de la no presentación del extracto de cuenta bancaria junto a una de las siguientes opciones: - Un certificado del banco con los movimientos correspondientes a todos los gastos del proyecto que incluya el importe y la fecha valor de los pagos realizados.
- MB1.2. FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO. Facturas y justificantes de pago de fecha posterior a la solicitud de la ayuda y deberán ser de fecha anterior a la fecha de finalización del plazo de ejecución y justificación establecido en la convocatoria. Para el informe de auditoría, se admite que esté pagado fuera de plazo, pero siempre con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de pago y se debe aportar su apunte en la cuenta bancaria única.
- MB1.3.- FACTURAS PROFORMA. Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario para cada pago junto con un informe de la moderación de costes realizada y que justifique la selección del adjudicatario. Sólo en los casos de modificaciones menores respecto de los gastos concedidos.
- MB1.4. JUSTIFICANTES REUNIONES / DIETAS / VIAJES. Para la justificación de los gastos y pagos en conceptos relativos a costes admisibles por desplazamiento y manutención derivados de los gastos de divulgación, deberán presentarse las correspondientes actas firmadas por todos y cada uno de los asistentes, justificantes bancarios del pago y tickets o facturas del pago de comidas y alojamiento y/o desplazamientos del período correspondiente y un resumen que especifique fecha, horario de inicio y final del desplazamiento, nombre de la persona que se desplaza y función que desempeña en el grupo, destino del desplazamiento, motivo y kilómetros. Tabla que correlacione cada gasto de desplazamiento y manutención con la actividad de divulgación asociada al mismo.
- MB1.5. DECLARACIONES RESPONSABLES del Miembro Beneficiario. Declaración de cada beneficiario de no haber solicitado ni recibido ninguna otra subvención para la misma finalidad, y de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- MB1.6. INTEROP SS, AEAT y TRIBUTARIOS: CERTIFICADO CUMPLIMIENTO OBLIGACIONESS CON LA SEGURIDAD SOCIAL, CON LA AGENCIA TRIBUTARIA Y CON LA HACIENDA PRINCIPADO ASTURIAS. (solo en el caso de haber ejercido el derecho a oposición para solicitar a los organismos afectados los certificados telemáticos que se incorporarán al expediente).
- MB2. Documentos miembro beneficiario 2: Idem pero con el código MB2.X
- MB3. Documentos miembro beneficiario 3: Idem pero con el código MB3.X
- MB4. Documentos miembro beneficiario 4: Idem pero con el código MB4.X
- MB5. Documentos miembro beneficiario 5: Idem pero con el código MB5.X
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente
Documentación relacionada
Anexo 15 A. Modelo listado de gastos EXCEL
Anexo 15 A. Modelo listado de gastos PDF
Anexo 15 Contenido Memoria Económica
Anexo 15.B. Presupuesto global comparativo
Anexo 16 Contenido Informe de auditor
Anexo 17 Contenido Memoria Explicativa