AYUD0475T01 - Ayuda al Plan de Transformación Digital de Empresas de Economía Social del Principado de Asturias

Plazu zarráu

Plazos de presentación

Desde
25/03/2026
00:00h
Hasta
24/04/2026
23:59h

Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias(Bopa 24/03/2026).


Finalidad

Obtener ayuda económica para favorecer la mejora de los procesos productivos y la competitividad de las sociedades cooperativas y sociedades laborales a través de la transformación digital de sus procesos productivos.

 


Quien lo puede presentar

Sociedades cooperativas y sociedades laborales que habiendo realizado alguna de las actuaciones previstas en su plan de transformación digital de la empresa que tengan la consideración de subvencionables de acuerdo con la base tercera, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025, y cumplan los demás requisitos establecidos en las bases reguladoras de estas subvenciones.

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Presentación

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico al final de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

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Órgano gestor

Servicio de Emprendedores y Economía social.

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Plazo de resolución

La resolución del procedimiento debe ser dictada y notificada en el plazo máximo de seis meses, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del extracto de resolución de convocatoria.

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Potestativo de reposición.

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
    Documentos aportados
    • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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    Documentación relacionada

    01. Resolución convocatoria

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    Tramitación

    Tramitación Registro Electrónico

    Seleccione como desea identificarse:

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    Requisitos técnicos

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