El plazo está abierto todo el año, pero la prolongación hay que solicitarla con una antelación mínima de tres meses y máxima de 4 meses, a la fecha en la que se cumpla la edad de jubilación forzosa.
En el supuesto de que se solicite la renovación de la prolongación en el servicio activo ya concedida, dicha solicitud hay que presentarla con una antelación mínima de tres meses y máxima de 4 meses a la fecha en la que expire dicha prolongación.