Plazos de presentación
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Desde
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02/09/2025
00:00h
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Hasta
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30/09/2025
23:59h
Veinte (20) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA 01/09/2025).
Finalidad
Obtener subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar proyectos de promoción y difusión de la emigración asturiana y el retorno, así como sus implicaciones, consecuencias, repercusiones o efectos en la sociedad asturiana, incluyendo las siguientes actuaciones:
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Actividades de difusión de la emigración asturiana: conferencias, mesas redondas, jornadas culturales, presentación de libros, jornadas literarias, exposiciones, actos conmemorativos, celebraciones en torno a fechas de especial significado, jornadas musicales, actuaciones, recreaciones históricas y cualquiera otra manifestación cultural y gastronómica.
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Otras: actividades formativas, torneos deportivos, premios, efemérides.
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Edición de publicaciones, realización de documentales, elaboración de trabajos de investigación.
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Participación en ferias, exposiciones y otras manifestaciones locales donde se difunda, se proyecte o se dé visibilidad al fenómeno objeto de subvención.
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Catalogación, preservación, digitalización y difusión de fondos documentales.
Quien lo puede presentar
Línea 1.- Entidades privadas sin ánimo de lucro.
Podrá solicitar la subvención para esta línea cualquier entidad privada sin ánimo de lucro, como asociaciones o fundaciones, que tenga su domicilio social en el Principado de Asturias.
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Presentación
Presentación telemática
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
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Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 meses. El citado plazo se computará a partir del día siguiente al de la publicación del Extracto de la correspondiente convocatoria.
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Recursos
Recurso potestativo de reposición.
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Información adicional
Crédito presupuestario: 10.000 euros.
- La cuantía máxima de las ayudas por entidad beneficiaria será de tres mil quinientos euros (3.500€).
- Solo podrá presentarse un proyecto por solicitante. En caso de que un mismo solicitante presentase más de un proyecto, se le requerirá para que presente la renuncia a uno de ellos.
Justificación
Las actividades objeto de la presente convocatoria deberán estar finalizadas antes del 31 de octubre de 2025 y el plazo de justificación finalizará el día 1 de noviembre de 2025.
FICHA DE ACREEDORES
SERVICIOS RELACIONADOS
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Documentos a presentar
Documentos requeridos:
- Solicitud en modelo normalizado.
- Ficha de acreedores. Sólo será necesario cuando los datos requeridos no obren ya en esta Administración o haya habido modificaciones en los mismos.
- Memoria del proyecto para el que se solicita subvención, incluyendo fechas de inicio y fin de su realización.
- Presupuesto detallado de las actuaciones previstas y fuentes de financiación. En caso de que el proyecto conlleve diferentes actuaciones, se desglosará el presupuesto por actuaciones y por conceptos de gasto.
- Documento acreditativo de la personalidad de la entidad y de su representante.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Documento acreditativo del Número de Identificación Fiscal, de la persona jurídica solicitante.
- Documento acreditativo de la persona que ostenta la representación de la entidad.
- Poder notarial que acredite la representación
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias
Documentos aportados:
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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Tramitación
Tramitación Registro Electrónico
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