AYUD0579T01 - Subvención para el apoyo a la industria cinematográfica y audiovisual
Rimada d'apertura del plazu
Plazos de presentación
- Desde
-
15/09/2026
00:00h
- Hasta
-
06/10/2026
23:59h
En función de lo que marque cada convocatoria.
Finalidad
Subvención pública dirigida a profesionales y empresas para el apoyo a la industria cinematográfica y audiovisual, susceptible de ser cofinanciada en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027.
Quien lo puede presentar
Podrán acogerse a las presentes ayudas cualquier persona física que esté dado de alta como autónomo o jurídica (pequeña y mediana empresa - PYME-) dedicadas profesionalmente al sector cultural o audiovisual y del cine cuyo proyecto subvencionable se desarrolle en el Principado de Asturias que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria.
Presentación
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico al final de esta misma página, o a través de la URL: https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado.
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Efecto del silencio administrativo
DesestimatorioNormativa básica
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Reglamento (UE) 2021/1056 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo de Transición Justa. BOE 30 de junio de 2021
- Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados. DOUE 30 de junio de 2021
- Extracto de la Resolución de 1 de septiembre de 2026, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se convocan subvenciones públicas dirigidas a profesionales y empresas para el apoyo a la industria cinematográfica y audiovisual, susceptibles de ser cofinanciadas en el marco del programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027. BOPA 14 de septiembre de 2026
Documentos a presentar
- Solicitud normalizada
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. El solicitante podrá autorizar al órgano instructor para recabar los certificados al Ministerio competente en materia de Interior (incorporada al formulario de solicitud).
- a) Fotocopia del Número de Identificación Fiscal
- b) Escritura de constitución
- c) Documento Nacional de Identidad de su representante. El solicitante podrá autorizar al órgano instructor para recabar los certificados al Ministerio competente en materia de Interior (incorporada al formulario de solicitud) Deberá adjuntarse, además, acreditación de tal condición a la fecha de presentación de la solicitud.
- a) Documento actualizado acreditativo de estar dado de alta en IAE o, en el caso de no estar sujeto o de estar exento, declaración responsable al respecto, y en la Seguridad Social como empresa. En caso de no aportación, se podrá autorizar expresamente su consulta al órgano instructor (la citada autorización se encuentra incluida en el formulario de solicitud).
- b) Certificación acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, de no ser deudora con Hacienda del Estado, ni de Hacienda del Principado de Asturias y del pago de cotizaciones a la Seguridad Social. El solicitante podrá autorizar al órgano instructor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería de la Seguridad Social y el Ente Tributario del Principado de Asturias (incorporada al formulario de solicitud).
- c) Declaración responsable del representante de la Entidad relativa a no estar incursa ésta en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de haber justificado las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma (incorporada al formulario de solicitud).
- d) Declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, concedidos para la misma finalidad, por cualquier Administración Pública o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha e importe (incorporada al formulario de solicitud).
- e) Declaración responsable firmada por el solicitante donde se haga constar que el mismo tiene los derechos que correspondan para poder realizar la actividad, así como la utilización de elementos que formen parte de la misma; textos, música, material audiovisual¿ que en ella se incluyan (incorporada al formulario de solicitud).
- f) Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones establecidas para el acceso a la subvención (incorporada al formulario de solicitud).
- f) Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones establecidas para el acceso a la subvención (incorporada al formulario de solicitud).
- g) Declaración responsable sobre el propósito de cumplimiento del principio de ¿no causar un perjuicio significativo¿ - articulo 9 del Reglamento (UE) 2021/1060) sobre los 6 objetivos medioambientales que hace referencia el artículo 17 del Reglamento UE 2020/852 de Taxonomía - (Principio DNSH), además del cumplimiento de la igualdad de acceso a todas las infraestructuras, servicios y bienes para las personas con discapacidad (incorporada al formulario de solicitud)
- h) Memoria paginada de actividades en la que se refleje, fundamentalmente, los proyectos o actividades que haya realizado la empresa dentro del ámbito cultural. A estos datos, podrá añadir cualquier otro tipo de información que a juicio de quien formula la petición sea de interés para mejor valoración de la trayectoria del peticionario.
- i) Proyecto paginado lo más detallado posible relativo al programa o actividad concreta a desarrollar, que deberá hacer mención, como mínimo, a los siguientes aspectos: Objetivos. ¿ Descripción de la actividad. ¿ Trayectoria de la empresa. ¿ Repercusión de la actividad. ¿ Calendario de la actividad. ¿ Se deberá argumentar el interés artístico, calidad y carácter innovador del proyecto. En la memoria del proyecto se podrá reflejar cualquier otro elemento que el peticionario considere de interés para una mejor valoración del proyecto.
- j) Presupuesto equilibrado (en el que los gastos e ingresos previstos coincidan) y firmado que prevea la financiación solicitada que incluya las partidas que lo integran recogiendo la estimación de gastos e ingresos de la actividad para la que se solicita ayuda, donde se recoja la aportación económica de la entidad para el desarrollo de la actividad. Deberá incluirse específicamente un estudio económico de la imputación que se va a realizar en el mismo del gasto de personal correspondiente al solicitante (p.e. precio/hora).
- k) Documentación en la que se refleje la cantidad solicitada por el peticionario, esta no debe exceder del 70% del presupuesto total del proyecto.
- l) Documentación acreditativa del Plan para llevar a cabo la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objetivo de subvención. En el caso de que la subvención se conceda una vez realizada la actividad, el beneficiario deberá, o bien reflejar dicha publicidad en los carteles, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien proponer medidas de difusión alternativas para el caso de que el proyecto sea subvencionado.
- m) Ficha de acreedores acompañada de fotocopia del, como proceda, DNI o CIF del solicitante. Este documento sólo será necesario cuando los datos requeridos no obren ya en esta Administración o haya habido modificaciones en los mismos.
- n) Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) - (incorporada al formulario de solicitud).
- ñ) Declaración responsable de que la solicitud de ayuda se presenta con carácter previo al inicio de los trabajos del proyecto.
- O) Declaración responsable de que el solicitante se compromete, en caso de recibir la ayuda, a mantener una contabilidad separada y fiable o disponer de un código contable adecuado para las operaciones vinculadas al proyecto que permita la adecuada trazabilidad y justificación de los fondos aplicados a su desarrollo.
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"