PREM0037T01 - Concesión de Premios del Patrimonio Cultural de Asturias

Rimada d'apertura del plazu

Plazos de presentación

Desde
14/09/2026
00:00h
Hasta
05/10/2026
23:59h

Finalidad

Expresar el reconocimiento social a una meritoria labor y a una trayectoria profesional particularmente destacada en el ámbito del patrimonio cultural, entendiendo que estos galardones contribuirán a fortalecer el sentimiento social de aprecio y compromiso con la cultura asturiana.


Quien lo puede presentar

Se podrá proponer la candidatura en los “Premios del Patrimonio Cultural de Asturias”, de cualquier particular, o entidad sin ánimo de lucro, tales como asociaciones o fundaciones e instituciones, siempre que destaquen por una acreditada labor en la defensa, protección y difusión del patrimonio cultural asturiano, dentro de la correspondiente categoría de los premios.

El reconocimiento podrá concederse tanto a una trayectoria continuada, como a una acción concreta especial relevancia.

En ningún caso los premios podrán ser concedidos con carácter póstumo.

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Presentación

Presentación presencial  

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas  

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página, o a través de la URL https://miprincipado.asturias.es/utilidades/registro-electronico
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.

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Órgano gestor

Servicio de Conservación del Patrimonio

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Plazo de resolución

6 meses

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Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

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Recursos

Recurso de Alzada

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Documentos a presentar

Documentos requeridos:
  • Solicitud en formato normalizado
Otros documentos aportados:
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

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Tramitación presencial

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