Finalidad
Conceder ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a las asociaciones del sector forestal que promuevan actividades de interés para la defensa de dicho sector en el ámbito territorial del Principado de Asturias: Celebración de campañas técnicas o demostrativas, organización de jornadas de divulgación, etc.
Quien lo puede presentar
Asociaciones que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser asociaciones sin ánimo de lucro que tengan su origen en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, radicadas en el Principado de Asturias, que aglutinen empresas, cooperativas o profesionales del sector forestal cuya actividad principal sea la redacción de planes y proyectos, el desarrollo de trabajos, la producción de planta, el aprovechamiento de madera o la primera transformación de la misma.
- Ser asociaciones de propietarios de montes en las que puedan tener cabida todos los propietarios particulares de terrenos forestales del Principado de Asturias, que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar constituidas con anterioridad de 1 año contado desde la fecha de solicitud de la ayuda.
- No estar incursas en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y no sean deudoras del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
- Tener el número mínimo de socios que se señala:
- Asociaciones de empresas de trabajos forestales: 10 socios.
- Asociaciones de viveristas forestales: 3 socios.
- Asociaciones de empresas de aprovechamiento de madera y la primera transformación de la misma: 20 socios.
- Asociaciones de propietarios forestales: 50 socios.
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Órgano gestor
Servicio de Gestión Forestal
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Documentos a presentar
Documentos requeridos
- Solicitud normalizada del procedimiento o servicio firmada por el presidente/a de la asociación
- Programa de las actividades para las que solicita la ayuda, detallándolas de acuerdo con los criterios y las especificaciones establecidas en la base reguladora undécima
- Presupuesto de las actividades para las que solicita la ayuda, detallándolas de acuerdo con los criterios y las especificaciones establecidas en la base reguladora undécima
- Documento acreditativo de la personalidad del solicitante
- Documento acreditativo de la representación en que actúa el solicitante
- Ficha de acreedores certificada por la entidad bancaria, relativa al número de cuenta en el que desea se realice el cobro de la ayuda. No será válida aquella que presente tachaduras o enmiendas. Las firmas deben ser identificadas con nombre y apellidos y debe realizarse en el modelo normalizado que figura en la ficha de servicio. Para descargarla ver el enlace en el apartado "Información adicional"
- Copia de la escritura de constitución de la asociación y de las modificaciones ulteriores en la que figure la composición actual de la junta directiva
- Modificaciones de la escritura de constitución de la asociación en la que figure la composición actual de la junta directiva
Declaraciones:
- Declaración expresa firmada relativa a otras ayudas solicitadas, obtenidas o que se prevean solicitar para el mismo fin
- Declaración expresa firmada relativa a las ayudas concedidas sujetas al regímen de mínimis en los últimos 3 años
- Declaración expresa de no estar incursas en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artítulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Declaración de haber justificado las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por el Principado de Asturias
En el caso de solicitar el impuesto sobre el valor añadido (IVA) como gasto subvencionable:
- Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de exención de hacer declaración del IVA
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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