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SANC0027T01 - Denuncias en materia de consumo

Plazos de presentación

Todo el año


Finalidad

Denunciar las infracciones derivadas de incumplir las obligaciones establecidas en la Ley 11/2002, de 2 de diciembre del Principado de Asturias, de protección de consumidores y usuarios y en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias


Quien lo puede presentar

Cualquier persona con capacidad de obrar.

 

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Presentación

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace "Tramitación Registro Electrónico" de esta misma página.

A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado

En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.

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Órgano gestor

Servicio de Consumo

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Efecto del silencio administrativo

No procede

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Formulario de denuncia o reclamación.
  • Documentación que acredite la representación, en el caso de que quien presente la reclamación lo haga en nombre y representación del titular del bien o servicio que genera la misma
  • Documentación en que se fundamente la denuncia administrativa.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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Documentación relacionada

01. Solicitud normalizada

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Tramitación

Tramitación Registro Electrónico

Seleccione como desea identificarse:

Tramitación presencial

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