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RECE0081T01 - Comunicación de puesta en el mercado de alimentos para grupos específicos de población

Plazos de presentación

Todo el año


Finalidad

Comunicar, con carácter previo o simultáneo a la primera puesta en el mercado español, de productos alimenticios destinados a grupos específicos de población (alimentación especial), así como  las modificaciones de cualquiera de los datos del etiquetado o el cese de la comercialización de los mismos, efectuadas por la empresa alimentaria cuyo nombre o razón social y domicilio figuren en la etiqueta del producto.


Quien lo puede presentar

Ser titular de la empresa fabricante del producto, o responsable de su primera puesta en el mercado, o el importador.

Estar en posesión del número RGSEAA correspondiente de la clave (clave 26) y actividad específica para este tipo de productos.

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Presentación

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

· En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.

· A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Órgano gestor

Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental

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Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

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Recursos

Potestativo de reposición

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Información adicional

  1. OBLIGATORIEDAD

    La notificación es obligatoria y deberá ser realizada por el fabricante, o el responsable de la primera puesta en el mercado, mediante la presentación de un modelo de etiquetado del producto a comercializar.

  2. DESTINATARIOS

    Titulares de las empresas responsables de la puesta en el mercado de los productos alimenticios destinados a ciertos grupos de población (alimentación especial). 

PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE SE CONSIDERAN DESTINADOS A UNA ALIMENTACIÓN ESPECIAL Y, POR TANTO, REQUIEREN NOTIFICACIÓN

  • Alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales.
  • Sustitutivos de la dieta completa para el control del peso.
  • Preparados para lactantes.
  • Preparados de continuación que contengan ingredientes distintos de los enumerados en el anexo II del Reglamento Delegado (UE) 2016/127, pueden notificarse voluntariamente antes del 22 de febrero de 2020 y obligatoriamente a partir de esa fecha.
  • Preparados de continuación elaborados a partir de hidrolizados de proteínas pueden notificarse voluntariamente antes del 22 de febrero de 2021 y obligatoriamente a partir de esa fecha.

Legislación específica de productos alimenticios destinados a una alimentación especial

 

SERVICIOS RELACIONADOS 

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Documentos a presentar

Documentos requeridos
  • Impreso de comunicación en modelo normalizado
En caso de comunicación de puesta en el mercado del producto:
  • Etiqueta
En caso de cambio de titular:
  • Copia del documento público o privado, firmado por ambas partes, que acredite el cambio de responsable del producto
  • Modelo de la nueva etiqueta
En caso de cambio de etiqueta:
  • Etiqueta nueva
En caso de cambio de nombre:
  • Etiqueta nueva
En caso de cese de comercialización:
  • Impreso de solicitud
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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Tramitación

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